viernes, 21 de abril de 2023

 

Día del idioma 

El día 23 de abril es el día del Idioma Español, que se celebra en los países hispanoparlantes como un homenaje de recuerdo a uno de los escritores más eminentes de todos los tiempos: Miguel de Cervantes Saavedra, cuya muerte ocurriera en ese día en el año de 1616.


Cervantes y el idioma español están unidos por la literatura y por la historia. El idioma dio a Cervantes los instrumentos de expresión para escribir su maravilloso Don Quijote de La Mancha; pero Cervantes utilizó el máximo ingenio de la lengua, que puso a circular, como en una incursión quijotesca, por todos los caminos del mundo.

ORIGEN DEL DÍA DEL IDIOMA EN COLOMBIA[1]

Durante el gobierno del presidente Alfonso López Pumarejo se instituyó, mediante el Decreto 707 de 1938, que el día 23 de abril, fecha en que se cumple el aniversario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, se celebrara en Colombia el Día del Idioma.

A raíz del III Congreso de Academias de la lengua Española, realizado en Bogotá en julio y agosto de 1963, el gobierno colombiano sancionó como Ley el Decreto 707 del 23 de abril de 1938, convirtiéndose así en la Ley 2ª de 1960, como homenaje a tan importante certamen y en una demostración de aprecio por nuestro lengua.

El Día del Idioma es un tributo a la memoria de Miguel de Cervantes Saavedra quien mereció el título de "Príncipe de los Ingenios Españoles" por su obra "El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha".

Con dicha obra se consolidó nuestro idioma y su autor subió a la cima de la gloria compartiendo honores con Homero y Shakespeare en la Literatura Universal.



Publicamos a continuación el Decreto 707 del 23 de abril de 1938:


DIARIO OFICIAL AÑO LXXIV NUMERO 23787, viernes 27 de mayo de 1938.

DECRETO NUMERO 707 DE 1938
(Abril 23)

Por el cual se instituye el Día del Idioma.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, 

DECRETA:

Artículo 1º  Señálase el 23 de abril de cada año para  celebrar el  Día  del  Idioma,  como homenaje al insigne Don Miguel de Cervantes Saavedra

Artículo 2º En los establecimientos de enseñanza primaria,  secundaria y normalista,  los respectivos maestros o profesores dictarán en  ese día conferencias sobre el idioma castellano y darán lectura a trozos escogidos de El Quijote, o de otras obras célebres de la literatura española. 

Artículo 3º En las escuelas normales y en los colegios de enseñanza secundaria que dependen de la Nación, se abrirán concursos para premiar el mejor estudio sobre el idioma castellano.  Los alumnos vencedores recibirán del Ministerio de Educación Nacional un ejemplar  de  El  Quijote, y una Mención  honorífica por sus méritos en la propaganda y  defensa del idioma patrio. La calificación de los concursos se hará por comisiones formadas por miembros de la Academia Colombiana de la Lengua. 

Comuníquese y publíquese. 
Dado en Bogotá a 23 de abril de 1938. 

(Fdo.) ALFONSO LÓPEZ PUMAREJO
El Ministro de Educación Nacional. 

(Fdo.) JOSÉ JOAQUÍN CASTRO MARTÍNEZ



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