Art.
37 Según la Corte Constitucional de Colombia, el derecho a la educación no es
absoluto porque es un Derecho – Deber
que exige a todos deberes tutela 534 de 1994 y por eso la institución considera
como deberes de los estudiantes los contemplados en el artículo 13 del decreto
1290 y los siguientes:
- Deber de cumplir con
los compromisos académicos y
de convivencia definidos por el
establecimiento educativo.
- Deber de cumplir con las
recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus
debilidades
3.
Deber de cumplir con todo lo dispuesto en
la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia y lo dispuesto en
este pacto de convivencia.
4.
Deber de acoger plenamente todas las normas
expuestas en este Manual de Convivencia
y aplicar con respeto los principios que desarrolla el PEI, ya que su matrícula
confirma el pleno conocimiento y satisfacción para participar y cumplir con
nuestra filosofía y horizonte Institucional.
5.
Deber de adecuar su comportamiento, dentro
y fuera de la Institución Educativa, a las más elementales normas de educación
aprendidas en sus hogares.
- Deber
de cuidar y velar por su buen
nombre, el de su familia y el de la Institución Educativa motivando el sentido de
pertenencia.
- Deber de ser
puntuales llegando todos los
días al inicio de la jornada
escolar
- Deber de participar en todas las actividades académicas,
deportivas, culturales, científicas y religiosas que programe la
Institución Educativa, en los horarios establecidos, con
el uniforme correspondiente, atendiendo a las normas disciplinarias
contempladas en este Manual.
9.
Deber de presentar excusa médica o de
calamidad familiar a más tardar al segundo día cuando falte a la Institución
Educativa.
10.
Deber de entregar en sus hogares
oportunamente la información, circulares, citaciones o notas de comunicación de
la Institución a las Reuniones de Padres de Familia y demás actividades,
devolviéndolas firmadas a su director de grupo, docente, coordinador o rector.
11.
Deber de informar oportunamente cuando
ocurra cualquier hecho que afecte su ética y moral o la de la comunidad
educativa.
12.
Deber de respetar a directivos, docentes,
personal administrativo, operativo, compañeros y demás personas vinculadas con
la Institución Educativa mencionados en este Pacto de Convivencia.
13.
Deber de respetar los valores y símbolos
que identifican a la Institución Educativa, los símbolos religiosos, los
símbolos patrios y demás iconos que caracterizan la identidad institucional.
14.
Deber de cuidar y conservar con esmero la
presentación, aseo y pulcritud del salón de clase, de los lugares de despacho y
en general, de las instalaciones y planta física de la Institución Educativa.
15.
Deber de responder por el orden y cuidado
del mobiliario, computadoras, laboratorios, instrumentos musicales y otros
objetos de uso común que tiene la institución, dejándolos limpios y ordenados.
En caso de daño o perdida de algún material debe ser repuesto por el (los)
estudiante (es) comprometido (s) o responsable (s).
16.
La sala de profesores es lugar de trabajo
exclusivo para docentes, por lo tanto los estudiantes deben abstenerse de
ingresar a ella e interrumpir reuniones, llamar o estar solicitando profesores
por encima de los demás. Solo hacerlo con previa autorización.
17.
Las oficinas administrativas como rectoría,
secretaria y coordinación son lugares privados a los cuales se accede con
autorización de los encargados.
18.
Deber de no hacer uso de la tienda escolar
y del restaurante fuera de sus horarios establecidos.
19.
Deber de mantener el orden, la postura y el
comportamiento en actos colectivos, biblioteca, restaurante, juegos deportivos,
salas de sistemas, laboratorio, etc., de acuerdo con las normas para cada caso.
- Deber
de utilizar adecuada y oportunamente los recipientes para depositar las basuras contribuyendo con la
conservación del medio ambiente.
- Deber
de colaborar y participar en campañas de beneficio colectivo y servicio
social que programa la institución.
22.
Deber de respetar los documentos de control
permanente que deben diligenciar los docentes en sus clases, su asignación a un
Estudiante para llevarlos implica
responder por ellos en cualquier instalación de la Institución
Educativa.
23.
Deber de llevar a clases los materiales de
trabajo necesarios para el normal desarrollo de las actividades académicas,
culturales y deportivas.
24.
Deber de proteger los arboles, plantas,
zonas verdes y darles un buen uso a los servicios sanitarios.
25.
Deber de compartir los elementos propios y
comunes, respetando los bienes ajenos y colectivos.
26.
Deber de cuidar sus pertenencias y las de
sus compañeros para evitar pérdidas o malos entendidos durante su asistencia en la jornada.
27.
Deber de portar en su maletín todos los
implementos necesarios para sus
actividades académicas y de aseo personal.
28.
Deber de portar siempre el uniforme
completo y bien llevado, según el horario, limpio, en buen estado, sin
accesorios y sin modas. El uniforme es el oficial: camisa por dentro, pantalón
con correa, zapatos lustrados. Para niñas la altura de la falda es al inicio de
la rodilla. Para educación física, sudadera gris y camiseta oficial. La camisa
y la blusa deben llevar el bolsillo con el escudo de la Institución.
29.
Deber de usar y respetar el uniforme porque
lo identifica ante la comunidad como un estudiante y debe llevarlo siempre de acuerdo
con las indicaciones de la Institución Educativa y portarlo con orgullo y
decoro.
30.
Deber de portar el carnet estudiantil y
presentarlo cuando le sea requerido.
31.
Deber de al ser retirado de clases o
talleres por alguna falta justificada, debe presentarse a coordinación.
32.
Deber de atender con prontitud los
diferentes toques del timbre o campana que indiquen iniciación o suspensión de
algunas de las actividades.
33.
Deber de avisar por medio del representante
del grupo a la coordinación la ausencia del profesor cuando hayan transcurrido
cinco minutos después del timbre o campana.
34.
Deber de conservar un excelente hábito de
higiene, aseo y presentación personal como lo exige la Institución Educativa.
35.
Deber de representar dignamente, con
orgullo y sentido de pertenencia a los compañeros en el consejo estudiantil y a
la Institución Educativa cuando le sea encomendado en actos cívicos, deportivos
y culturales o cuando sea invitado a cualquier evento. Acatando las normas e
instrucciones dadas por el profesor, entrenador o monitor. Evitar
comportamientos extravagantes e insinuantes dentro y fuera de la institución.
36.
Deber de evitar, tanto a los alumnos como
padres de familia, el enfrentamiento con el encargado de la portería, máxime si
esta en cumplimiento de sus funciones.
37.
Dar a conocer al personero propuestas,
sugerencias y necesidades para que, como vocero, las difunda y ayude a
resolver.
38.
Deber de participar democráticamente y con
responsabilidad en las elecciones estudiantiles para el gobierno escolar:
personero estudiantil.
39.
Deber de solicitar autorización para
retirarse de La Institución Educativa, con motivos previamente justificados a
la coordinación y en compañía de su acudiente.
40.
Debe solicitar permiso para salir de la
Institución en horas de clase, mediante nota escrita, autorizada por los padres
o acudientes deben presentarse a portería a recibirlos. En caso de enfermedad
dentro de la institución se llamara telefónicamente a casa para ser recogido
por padres o acudientes y remitido según el caso al servicio de salud.
- Deber
de permanecer en las aulas de clases durante la jornada escolar y no
abandonar la Institución Educativa en horas de clases sin que exista una
justificación externa que lo amerite.
- Retirarse
del plantel al terminar la jornada y dirigirse a casa. No ponerse citas o
convocarse fuera para hacer pandillaje y arreglar conflictos
personales.
- Deber
de cumplir con tareas, talleres, trabajos, proyectos y evaluaciones
asignados por los profesores en los tiempos estipulados y acordados en
clase.
- Deber
de demostrar permanentemente esfuerzo de superación académica y
disciplinaria, en todos los aspectos de su formación.
- Solicitar
en forma respetuosa talleres o trabajos de recuperación o por otros
motivos y aprovechar la ayuda que los profesores y compañeros le brinden.
Realizarlos en los tiempos acordados.
- Deber
de resolver conflictos o dificultades por medio del dialogo y la
concertación, evitando el engaño, la intimidación y el chantaje.
- Deber
de cumplir con el servicio social obligatorio de los estudiantes de
educación media con las 80 horas que exige la ley 115 de 1994 en su
Artículo 97.
48.
Deber de no portar en la Institución
objetos no solicitados para el trabajo
académico, tales como alhajas, gorros, pulseras, collares, radios,
juegos de azar, revistas pornográficas, etc.
49.
En caso de llevar celular al colegio debe
mantenerse apagado, en horas de clase y durante todas las actividades pedagógicas. La institución no se
responsabiliza por la perdida y daño de algún celular, como tampoco de los
elementos que no sean material de
trabajo.
50.
La Institución Educativa El Diamante es un
espacio para la convivencia, por lo que no se deben traer armas, navajas,
cuchillos, puñales, patecabras, hojas de segueta, manoplas, cadenas o guayas.
- Evitar el uso de apodos, burlas
gestos, rechiflas, mofas, discriminaciones por defectos físicos u otras
condiciones étnicas o sociales.
- Deber de presentarse a la institución en
compañía de su acudiente legal (quien
haya firmado la matricula como responsable del estudiante) cuando
este fuere requerido por algún miembro de la institución mediante
comunicación escrita.