LOS ESTUDIANTES
Art.
32 Quienes se matriculan en la
Institución Educativa lo hacen porque se identifican con su Horizonte Institucional
definido en la gestión directiva del PEI, además porque conocen y aceptan plenamente
lo dispuesto en este Manual de Convivencia y la ley 1098 del nuevo código de la
infancia y la adolescencia, reconociendo que estos documentos rigen los
lineamientos educativos y de convivencia social, por esta razón, al
matricularse reconocen que sus derechos, deberes y libertades son los
siguientes:
CAPÍTULO I.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
Art. 33 Son
derechos de los estudiantes los consagrados en la constitución política, ley
1098, derechos internacionales del niño, decreto 1290 y los siguientes:
1.
Derecho a ser evaluados de manera integral en todos los aspectos
académicos, personales y sociales
2.
Derecho a conocer el sistema
institucional de evaluación de los estudiantes:
criterios, procedimientos e instrumentos
de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
3.
Derecho a conocer los resultados de los procesos de evaluación para identificar logros, errores y
mejorar el aprendizaje y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas
respecto a estas.
4.
Derecho a recibir la
asesoría
y
acompañamiento
de
los
docentes
de acuerdo a las directrices estipuladas por el Ministerio De Educción Nacional
y el PEI para superar
sus debilidades en
el aprendizaje
y que le permitan ser miembro activo de la sociedad, en beneficio personal y de
sus semejantes.
5.
Todos los que contempla el capítulo II.
DERECHOS Y LIBERTADES de la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la
adolescencia.
6.
Derecho a conocer, leer y aceptar el
presente PACTO DE CONVIVENCIA y recibir una formación integral acorde con el
horizonte promovido por la Institución Educativa.
7.
Derecho al debido proceso como lo indica el
artículo 29 de la constitución política y el artículo 26 de la ley 1098
teniendo en cuenta los pasos descritos en este pacto de convivencia.
8.
Derecho a recibir una inducción sobre el
horizonte institucional y los principios fundamentales del pacto de
convivencia, derechos, deberes y libertades.
9.
Derecho a recibir un trato amable, afectivo
y comedido de directivos, docentes y
demás personal que labora en la Institución que ayude al buen desarrollo de su
personalidad.
10.
Derecho al descanso (en el cual no sé
realizaran evaluaciones o clases), al libre y sano esparcimiento, al deporte,
al arte y a la cultura promovida por la Institución Educativa.
11.
Derecho a utilizar las instalaciones del
plantel, los materiales, recursos pedagógicos y didácticos, la dotación de
implementos deportivos con que cuenta la institución dentro de la jornada escolar dándoles el uso
correcto.
12.
Derecho a recibir clases de sus docentes a
través de explicaciones y ponencias claras, concretas, amenas y agradables que
apunten a desarrollar el aprendizaje significativo.
13.
Derecho a solicitar nueva explicación a sus
docentes cuando HONESTAMENTE no comprendan el
tema de la clase y hayan estado atento al desarrollo de las mismas.
14.
Derecho a promover y participar en
actividades de tipo académico, pedagógico cultural, deportivo, recreativo y de
uso adecuado de su tiempo libre.
15.
Derecho a ser reconocidos y llamados por
sus nombres y no por apodos.
16.
Derecho a conocer sus notas o valoraciones
integrales antes de que sean procesadas y sistematizadas para el informe o
boletín a padres de familia.
17.
Derecho a ser escuchados cuando hacen
reclamos justos y enmarcados en el respeto, el orden, la
convivencia social y la diplomacia, proponiendo sugerencias cuando lo
considere necesario.
- Derecho
a recibir de los docentes una disculpa cuando éstos se equivocan y
reconocen sus errores como seres humanos.
19.
Derecho a recibir de la Institución
Educativa premios y estímulos acordes con sus méritos y reconocimientos en
público.
20.
Derecho a que se le concedan permisos de
ausencia para participar en torneos deportivos, artísticos y culturales a nivel
local, municipal, departamental, nacional o internacional, sin que ello
afecte su desempeño escolar.
21.
Derecho a ser comprendidos por los
directivos, docentes y padres de familia teniendo en cuenta que su edad escolar es muy particular y requiere de atención especial en
lo formativo.
- Derecho
a recibir apoyo y comprensión en los momentos de dificultad, como ocurre
cuando hay bajo rendimiento escolar
y problemas de convivencia, comprobando que dichos comportamientos no son
ocasionados a propósito o por negligencia y desatención.
23.
Derecho a ser tratado con las mismas normas
disciplinarias, cualquiera que sea el grado y la edad de acuerdo con las
disposiciones previstas en el presente
Pacto de Convivencia y/o las que las autoridades educativas determinen.
- Derecho
ser representado por sus padres de familia o acudientes cuando se le está
llevando a cabo un debido proceso
académico o de convivencia social, de igual manera tiene derecho a estar
informado de todos los aspectos y
decisiones que se adopten en el trámite del debido proceso.
25.
Derecho a no ser utilizado para servicios
personales por ningún funcionario de la institución.
- Derecho
a ser respetadas sus diferentes creencias religiosas, caso en el cual se
certifica por escrito, y políticas, siempre y cuando no vayan en contra de
las buenas costumbres, la moral, los derechos de los demás y el orden
jurídico.
27.
Derecho a conocer las observaciones,
logros, competencias, estímulos y acciones correctivas que se utilizaran antes
de ser anotados en los instrumentos de seguimiento académico o de convivencia
social.
- Derecho
a ser motivados y estimulados académicamente por sus docentes y padres de
familia para alcanzar la superación de sus dificultades en cada periodo en
las fechas programadas como lo establece el decreto 1290.
29.
Derecho a recibir una explicación oportuna
de parte de los directivos y docentes
cuando ocurren cambios en la programación estipulada en el cronograma de
aula o institucional.
30.
Derecho a recibir orientación académica,
moral, psicológica, formativa, de sana convivencia y fortalecimiento de sus
valores en la Institución Educativa.
31.
Derecho a ser formado en sus buenos hábitos
y protegido contra el uso de sustancias que produzcan dependencia y demás actos
que atenten contra sus principios morales.
32.
Derecho a contar con docentes y directivos
idóneos y capacitados en las áreas recibidas y en el manejo pedagógico de los
grupos.
33.
Derecho a presentar evaluaciones
extraordinarias dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la ausencia
JUSTIFICADA por enfermedad o calamidad doméstica, demostradas con certificación
ante el docente o la coordinación.
34.
Derecho a ser evaluados con
imparcialidad según los parámetros
concertados con el docente y en las diferentes actividades de aprendizaje.
35.
Derecho a ser promovido anticipadamente de
acuerdo con el concepto de la comisión de evaluación y promoción de las
condiciones personales y académicas requeridas por el PEI.
36.
Derecho a presentar y ser recibida la
excusa o justificación dentro de los dos primeros días de la inasistencia en la
coordinación firmadas por los padres o acudientes. La excusa no exonera la
falta ni la responsabilidad académica.
- Derecho
a participar en la Evaluación Institucional al finalizar el año escolar y
a ser invitado a los diferentes grupos colegiados de la institución.
38.
Derecho a elegir y ser elegidos en el consejo
estudiantil, el gobierno escolar, consejo de grupos, personero estudiantil y
demás asociaciones que tenga la Institución educativa por vía democrática o voluntaria para los
estudiantes.
39.
Derecho a ser escuchado y respetado en su
dignidad personal cuando haya incurrido
en alguna falta y a hacer uso de su
derecho a la defensa.
40.
Derecho a que se le programen actividades
individuales o grupales que sean requeridas y necesarias para superar las
insuficiencias o deficiencias, limitaciones o debilidades, demostradas en la
consecución de sus logros.
41.
Derecho a recibir a tiempo sus exámenes,
trabajos y otros requerimientos académicos debidamente evaluados y valorados
por los docentes.
- Derecho a ser informado oportunamente
sobre los materiales e implementos, horarios de emergencia necesarios para
el trabajo académico, formativo, metodologías y evaluaciones.
- Derecho
a expresar libremente y sin temores, sus opiniones a cualquier miembro de
la comunidad educativa, siempre y cuando lo haga con el debido respeto y
diplomacia.
- Derecho
a presentar reclamos justos y respetuosos ante el funcionario que ha
quebrantado sus derechos. En caso de no ser atendido se usará el conducto
regular o debido proceso institucional: profesor-directivo de
grupo-coordinador-consejo académico-consejo directivo.
- Derecho
a defenderse o ser defendido por el Personero, con la presunción de
inocencia y siguiendo el debido proceso.
- Derecho
a conocer oportunamente de parte de los docentes, los programas, planes de
estudio, metodología utilizada y criterios de evaluación que recibirán en cada
periodo al iniciar el año escolar
- Derecho
a recibir un carné estudiantil que lo acredite como estudiante activo de
la institución educativa.
- Derecho
a ser beneficiado con campañas preventivas sobre drogadicción,
maltrato y abuso sexual,
primeros auxilios y otras promovidas por la institución u otras
entidades.
- Derecho
a solicitar y a obtener constancia y certificados de estudio de acuerdo
con las normas fijadas por la institución y el Ministerio de Educación
Nacional, como de las entidades con las cuales se tengan convenios para
cursos especializados y pasantías.
- Derecho
a ser exonerado de la práctica de educación física y deportes por
incapacidad certificada y comprobada. En tal caso deberá alcanzar logros
teóricos.
- Derecho a solicitar permiso por escrito,
firmado por padres de familia acudientes, para retirarse de la institución
durante la jornada de clase. Ante la falta del permiso escrito, solo el
Coordinador y en su ausencia el jefe de disciplina o director de grupo
podrá autorizar el retiro de la institución, siempre y cuando haya una
causa justa, a juicio de quien da el permiso de salida y lo haga en
compañía del padre de familia o acudiente.
CAPÍTULO II. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Art.
34 Según la Corte Constitucional de Colombia, el derecho a la educación no es
absoluto porque es un Derecho – Deber
que exige a todos deberes tutela 534 de 1994 y por eso la institución considera
como deberes de los estudiantes los contemplados en el artículo 13 del decreto
1290 y los siguientes:
- Deber de cumplir con
los compromisos académicos y
de convivencia definidos por el
establecimiento educativo.
- Deber de cumplir con las
recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus
debilidades
3.
Deber de cumplir con todo lo dispuesto en
la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia y lo dispuesto en
este pacto de convivencia.
4.
Deber de acoger plenamente todas las normas
expuestas en este Manual de Convivencia
y aplicar con respeto los principios que desarrolla el PEI, ya que su matrícula
confirma el pleno conocimiento y satisfacción para participar y cumplir con
nuestra filosofía y horizonte Institucional.
5.
Deber de adecuar su comportamiento, dentro
y fuera de la Institución Educativa, a las más elementales normas de educación
aprendidas en sus hogares.
- Deber
de cuidar y velar por su buen
nombre, el de su familia y el de la Institución Educativa motivando el sentido de
pertenencia.
- Deber de ser
puntuales llegando todos los
días al inicio de la jornada
escolar
- Deber de participar en todas las actividades académicas,
deportivas, culturales, científicas y religiosas que programe la
Institución Educativa, en los horarios establecidos, con
el uniforme correspondiente, atendiendo a las normas disciplinarias
contempladas en este Manual.
9.
Deber de presentar excusa médica o de
calamidad familiar a más tardar al segundo día cuando falte a la Institución
Educativa.
10.
Deber de entregar en sus hogares
oportunamente la información, circulares, citaciones o notas de comunicación de
la Institución a las Reuniones de Padres de Familia y demás actividades,
devolviéndolas firmadas a su director de grupo, docente, coordinador o rector.
11.
Deber de informar oportunamente cuando
ocurra cualquier hecho que afecte su ética y moral o la de la comunidad
educativa.
12.
Deber de respetar a directivos, docentes,
personal administrativo, operativo, compañeros y demás personas vinculadas con
la Institución Educativa mencionados en este Pacto de Convivencia.
13.
Deber de respetar los valores y símbolos
que identifican a la Institución Educativa, los símbolos religiosos, los
símbolos patrios y demás iconos que caracterizan la identidad institucional.
14.
Deber de cuidar y conservar con esmero la
presentación, aseo y pulcritud del salón de clase, de los lugares de despacho y
en general, de las instalaciones y planta física de la Institución Educativa.
15.
Deber de responder por el orden y cuidado
del mobiliario, computadoras, laboratorios, instrumentos musicales y otros
objetos de uso común que tiene la institución, dejándolos limpios y ordenados.
En caso de daño o perdida de algún material debe ser repuesto por el (los)
estudiante (es) comprometido (s) o responsable (s).
16.
La sala de profesores es lugar de trabajo
exclusivo para docentes, por lo tanto los estudiantes deben abstenerse de
ingresar a ella e interrumpir reuniones, llamar o estar solicitando profesores
por encima de los demás. Solo hacerlo con previa autorización.
17.
Las oficinas administrativas como rectoría,
secretaria y coordinación son lugares privados a los cuales se accede con
autorización de los encargados.
18.
Deber de no hacer uso de la tienda escolar
y del restaurante fuera de sus horarios establecidos.
19.
Deber de mantener el orden, la postura y el
comportamiento en actos colectivos, biblioteca, restaurante, juegos deportivos,
salas de sistemas, laboratorio, etc., de acuerdo con las normas para cada caso.
- Deber
de utilizar adecuada y oportunamente los recipientes para depositar las basuras contribuyendo con la
conservación del medio ambiente.
- Deber
de colaborar y participar en campañas de beneficio colectivo y servicio
social que programa la institución.
22.
Deber de respetar los documentos de control
permanente que deben diligenciar los docentes en sus clases, su asignación a un
Estudiante para llevarlos implica
responder por ellos en cualquier instalación de la Institución
Educativa.
23.
Deber de llevar a clases los materiales de
trabajo necesarios para el normal desarrollo de las actividades académicas,
culturales y deportivas.
24.
Deber de proteger los arboles, plantas,
zonas verdes y darles un buen uso a los servicios sanitarios.
25.
Deber de compartir los elementos propios y
comunes, respetando los bienes ajenos y colectivos.
26.
Deber de cuidar sus pertenencias y las de
sus compañeros para evitar pérdidas o malos entendidos durante su asistencia en la jornada.
27.
Deber de portar en su maletín todos los
implementos necesarios para sus
actividades académicas y de aseo personal.
28.
Deber de portar siempre el uniforme
completo y bien llevado, según el horario, limpio, en buen estado, sin
accesorios y sin modas. El uniforme es el oficial: camisa por dentro, pantalón
con correa, zapatos lustrados. Para niñas la altura de la falda es al inicio de
la rodilla. Para educación física, sudadera gris y camiseta oficial. La camisa
y la blusa deben llevar el bolsillo con el escudo de la Institución.
29.
Deber de usar y respetar el uniforme porque
lo identifica ante la comunidad como un estudiante y debe llevarlo siempre de
acuerdo con las indicaciones de la Institución Educativa y portarlo con orgullo
y decoro.
30.
Deber de portar el carnet estudiantil y
presentarlo cuando le sea requerido.
31.
Deber de al ser retirado de clases o
talleres por alguna falta justificada, debe presentarse a coordinación.
32.
Deber de atender con prontitud los
diferentes toques del timbre o campana que indiquen iniciación o suspensión de
algunas de las actividades.
33.
Deber de avisar por medio del representante
del grupo a la coordinación la ausencia del profesor cuando hayan transcurrido
cinco minutos después del timbre o campana.
34.
Deber de conservar un excelente hábito de
higiene, aseo y presentación personal como lo exige la Institución Educativa.
35.
Deber de representar dignamente, con
orgullo y sentido de pertenencia a los compañeros en el consejo estudiantil y a
la Institución Educativa cuando le sea encomendado en actos cívicos, deportivos
y culturales o cuando sea invitado a cualquier evento. Acatando las normas e
instrucciones dadas por el profesor, entrenador o monitor. Evitar comportamientos
extravagantes e insinuantes dentro y fuera de la institución.
36.
Deber de evitar, tanto a los alumnos como
padres de familia, el enfrentamiento con el encargado de la portería, máxime si
esta en cumplimiento de sus funciones.
37.
Dar a conocer al personero propuestas,
sugerencias y necesidades para que, como vocero, las difunda y ayude a
resolver.
38.
Deber de participar democráticamente y con
responsabilidad en las elecciones estudiantiles para el gobierno escolar:
personero estudiantil.
39.
Deber de solicitar autorización para
retirarse de La Institución Educativa, con motivos previamente justificados a
la coordinación y en compañía de su acudiente.
40.
Debe solicitar permiso para salir de la
Institución en horas de clase, mediante nota escrita, autorizada por los padres
o acudientes deben presentarse a portería a recibirlos. En caso de enfermedad
dentro de la institución se llamara telefónicamente a casa para ser recogido
por padres o acudientes y remitido según el caso al servicio de salud.
- Deber
de permanecer en las aulas de clases durante la jornada escolar y no
abandonar la Institución Educativa en horas de clases sin que exista una
justificación externa que lo amerite.
- Retirarse
del plantel al terminar la jornada y dirigirse a casa. No ponerse citas o
convocarse fuera para hacer pandillaje y arreglar conflictos
personales.
- Deber
de cumplir con tareas, talleres, trabajos, proyectos y evaluaciones
asignados por los profesores en los tiempos estipulados y acordados en
clase.
- Deber
de demostrar permanentemente esfuerzo de superación académica y
disciplinaria, en todos los aspectos de su formación.
- Solicitar
en forma respetuosa talleres o trabajos de recuperación o por otros
motivos y aprovechar la ayuda que los profesores y compañeros le brinden.
Realizarlos en los tiempos acordados.
- Deber
de resolver conflictos o dificultades por medio del dialogo y la
concertación, evitando el engaño, la intimidación y el chantaje.
- Deber
de cumplir con el servicio social obligatorio de los estudiantes de
educación media con las 80 horas que exige la ley 115 de 1994 en su
Artículo 97.
48.
Deber de no portar en la Institución
objetos no solicitados para el trabajo
académico, tales como alhajas, gorros, pulseras, collares, radios,
juegos de azar, revistas pornográficas, etc.
49.
En caso de llevar celular al colegio debe
mantenerse apagado, en horas de clase y durante todas las actividades pedagógicas. La institución no se
responsabiliza por la perdida y daño de algún celular, como tampoco de los
elementos que no sean material de
trabajo.
50.
La Institución Educativa El Diamante es un
espacio para la convivencia, por lo que no se deben traer armas, navajas,
cuchillos, puñales, patecabras, hojas de segueta, manoplas, cadenas o guayas.
- Evitar el uso de apodos, burlas
gestos, rechiflas, mofas, discriminaciones por defectos físicos u otras
condiciones étnicas o sociales.
- Deber de presentarse a la institución en
compañía de su acudiente legal (quien
haya firmado la matricula como responsable del estudiante) cuando
este fuere requerido por algún miembro de la institución mediante
comunicación escrita.
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