jueves, 20 de enero de 2011

Deberes y Derechos de los estudiantes


LOS ESTUDIANTES
Art. 32   Quienes se matriculan en la Institución Educativa lo hacen porque se identifican con su Horizonte Institucional definido en la gestión directiva del PEI, además porque conocen y aceptan plenamente lo dispuesto en este Manual de Convivencia y la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia, reconociendo que estos documentos rigen los lineamientos educativos y de convivencia social, por esta razón, al matricularse reconocen que sus derechos, deberes y libertades son los siguientes:

CAPÍTULO I. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
Art. 33   Son derechos de los estudiantes los consagrados en la constitución política, ley 1098, derechos internacionales del niño, decreto 1290 y los siguientes:  
1.      Derecho a ser evaluados de manera integral en todos los aspectos académicos,         personales y sociales
2.      Derecho a conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,  procedimientos e   instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
3.      Derecho a conocer los resultados de los procesos de evaluación para identificar logros, errores y mejorar el aprendizaje y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
4.      Derecho a recibir  la  asesoría  y  acompañamiento  de  los  docentes de acuerdo a las directrices estipuladas por el Ministerio De Educción Nacional y el PEI para  superar  sus  debilidades  en  el aprendizaje y que le permitan ser miembro activo de la sociedad, en beneficio personal y de sus semejantes.
5.      Todos los que contempla el capítulo II. DERECHOS Y LIBERTADES de la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia.
6.      Derecho a conocer, leer y aceptar el presente PACTO DE CONVIVENCIA y recibir una formación integral acorde con el horizonte promovido por la Institución Educativa.
7.      Derecho al debido proceso como lo indica el artículo 29 de la constitución política y el artículo 26 de la ley 1098 teniendo en cuenta los pasos descritos en este pacto de convivencia.
8.      Derecho a recibir una inducción sobre el horizonte institucional y los principios fundamentales del pacto de convivencia, derechos, deberes y libertades.
9.      Derecho a recibir un trato amable, afectivo y comedido de directivos, docentes  y demás personal que labora en la Institución que ayude al buen desarrollo de su personalidad.
10.  Derecho al descanso (en el cual no sé realizaran evaluaciones o clases), al libre y sano esparcimiento, al deporte, al arte y a la cultura promovida por la Institución Educativa.
11.  Derecho a utilizar las instalaciones del plantel, los materiales, recursos pedagógicos y didácticos, la dotación de implementos deportivos con que cuenta la institución  dentro de la jornada escolar dándoles el uso correcto.
12.  Derecho a recibir clases de sus docentes a través de explicaciones y ponencias claras, concretas, amenas y agradables que apunten a desarrollar el aprendizaje significativo. 
13.  Derecho a solicitar nueva explicación a sus docentes cuando HONESTAMENTE no comprendan el  tema de la clase y hayan estado atento al desarrollo de las mismas.
14.  Derecho a promover y participar en actividades de tipo académico, pedagógico cultural, deportivo, recreativo y de uso adecuado de su tiempo libre.
15.  Derecho a ser reconocidos y llamados por sus nombres   y no por apodos.
16.  Derecho a conocer sus notas o valoraciones integrales antes de que sean procesadas y sistematizadas para el informe o boletín a padres de familia.
17.  Derecho a ser escuchados cuando hacen reclamos justos y enmarcados en el respeto, el orden,  la  convivencia social y la diplomacia, proponiendo sugerencias cuando lo considere necesario.
  1. Derecho a recibir de los docentes una disculpa cuando éstos se equivocan y reconocen sus errores como seres humanos.
19.  Derecho a recibir de la Institución Educativa premios y estímulos acordes con sus méritos y reconocimientos en público.
20.  Derecho a que se le concedan permisos de ausencia para participar en torneos deportivos, artísticos y culturales a nivel local, municipal, departamental, nacional o internacional, sin que ello afecte su desempeño escolar.
21.  Derecho a ser comprendidos por los directivos, docentes y padres de familia teniendo en cuenta  que su edad escolar es muy  particular y requiere de atención especial en lo formativo.
  1. Derecho a recibir apoyo y comprensión en los momentos de dificultad, como ocurre cuando hay  bajo rendimiento escolar y problemas de convivencia, comprobando que dichos comportamientos no son ocasionados a propósito o por negligencia y desatención.
23.  Derecho a ser tratado con las mismas normas disciplinarias, cualquiera que sea el grado y la edad de acuerdo con las disposiciones  previstas en el presente Pacto de Convivencia y/o las que las autoridades educativas determinen. 
  1. Derecho ser representado por sus padres de familia o acudientes cuando se le está llevando a  cabo un debido proceso académico o de convivencia social, de igual manera tiene derecho a estar informado de todos los aspectos y  decisiones que se adopten en el trámite del debido proceso.
25.  Derecho a no ser utilizado para servicios personales por ningún funcionario de la institución. 
  1. Derecho a ser respetadas sus diferentes creencias religiosas, caso en el cual se certifica por escrito, y políticas, siempre y cuando no vayan en contra de las buenas costumbres, la moral, los derechos de los demás y el orden jurídico.
27.  Derecho a conocer las observaciones, logros, competencias, estímulos y acciones correctivas que se utilizaran antes de ser anotados en los instrumentos de seguimiento académico o de convivencia social.
  1. Derecho a ser motivados y estimulados académicamente por sus docentes y padres de familia para alcanzar la superación de sus dificultades en cada periodo en las fechas programadas como lo establece el decreto 1290.
29.  Derecho a recibir una explicación oportuna de parte de los directivos y docentes  cuando ocurren cambios en la programación estipulada en el cronograma de aula o institucional.
30.  Derecho a recibir orientación académica, moral, psicológica, formativa, de sana convivencia y fortalecimiento de sus valores en la Institución Educativa.
31.  Derecho a ser formado en sus buenos hábitos y protegido contra el uso de sustancias que produzcan dependencia y demás actos que atenten contra sus principios morales.
32.  Derecho a contar con docentes y directivos idóneos y capacitados en las áreas recibidas y en el manejo pedagógico de los grupos.
33.  Derecho a presentar evaluaciones extraordinarias dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la ausencia JUSTIFICADA por enfermedad o calamidad doméstica, demostradas con certificación ante el docente o la coordinación.
34.  Derecho a ser evaluados con imparcialidad  según los parámetros concertados con el docente y en las diferentes actividades de aprendizaje.  
35.  Derecho a ser promovido anticipadamente de acuerdo con el concepto de la comisión de evaluación y promoción de las condiciones personales y académicas requeridas por el PEI. 
36.  Derecho a presentar y ser recibida la excusa o justificación dentro de los dos primeros días de la inasistencia en la coordinación firmadas por los padres o acudientes. La excusa no exonera la falta ni la responsabilidad académica.
  1. Derecho a participar en la Evaluación Institucional al finalizar el año escolar y a ser invitado a los diferentes grupos colegiados de la institución.
38.  Derecho a elegir y ser elegidos en el consejo estudiantil, el gobierno escolar, consejo de grupos, personero estudiantil y demás asociaciones que tenga la Institución educativa  por vía democrática o voluntaria para los estudiantes.
39.  Derecho a ser escuchado y respetado en su dignidad personal cuando haya  incurrido en  alguna falta y a hacer uso de su derecho a la defensa.
40.  Derecho a que se le programen actividades individuales o grupales que sean requeridas y necesarias para superar las insuficiencias o deficiencias, limitaciones o debilidades, demostradas en la consecución de sus logros.
41.  Derecho a recibir a tiempo sus exámenes, trabajos y otros requerimientos académicos debidamente evaluados y valorados por los docentes.
  1. Derecho a ser informado oportunamente sobre los materiales e implementos, horarios de emergencia necesarios para el trabajo académico, formativo, metodologías y evaluaciones.  
  2. Derecho a expresar libremente y sin temores, sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre y cuando lo haga con el debido respeto y diplomacia. 
  3. Derecho a presentar reclamos justos y respetuosos ante el funcionario que ha quebrantado sus derechos. En caso de no ser atendido se usará el conducto regular o debido proceso institucional: profesor-directivo de grupo-coordinador-consejo académico-consejo directivo.
  4. Derecho a defenderse o ser defendido por el Personero, con la presunción de inocencia y siguiendo el debido proceso.
  5. Derecho a conocer oportunamente de parte de los docentes, los programas, planes de estudio, metodología utilizada y criterios de evaluación que recibirán en cada periodo al iniciar el año escolar
  6. Derecho a recibir un carné estudiantil que lo acredite como estudiante activo de la institución educativa.
  7. Derecho a ser beneficiado con campañas preventivas sobre drogadicción, maltrato       y abuso sexual, primeros auxilios y otras promovidas por la institución u otras entidades. 
  8. Derecho a solicitar y a obtener constancia y certificados de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la institución y el Ministerio de Educación Nacional, como de las entidades con las cuales se tengan convenios para cursos especializados y pasantías.
  9. Derecho a ser exonerado de la práctica de educación física y deportes por incapacidad certificada y comprobada. En tal caso deberá alcanzar logros teóricos.
  10. Derecho a solicitar permiso por escrito, firmado por padres de familia acudientes, para retirarse de la institución durante la jornada de clase. Ante la falta del permiso escrito, solo el Coordinador y en su ausencia el jefe de disciplina o director de grupo podrá autorizar el retiro de la institución, siempre y cuando haya una causa justa, a juicio de quien da el permiso de salida y lo haga en compañía del padre de familia o acudiente.

CAPÍTULO II. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Art. 34 Según la Corte Constitucional de Colombia, el derecho a la educación no es absoluto porque es un  Derecho – Deber que exige a todos deberes tutela 534 de 1994 y por eso la institución considera como deberes de los estudiantes los contemplados en el artículo 13 del decreto 1290 y los siguientes: 

  1. Deber de cumplir  con  los compromisos académicos  y de  convivencia definidos por el establecimiento educativo.
  2. Deber de cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades
3.      Deber de cumplir con todo lo dispuesto en la ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia y lo dispuesto en este pacto de convivencia.
4.      Deber de acoger plenamente todas las normas expuestas en este Manual  de Convivencia y aplicar con respeto los principios que desarrolla el PEI, ya que su matrícula confirma el pleno conocimiento y satisfacción para participar y cumplir con nuestra filosofía y horizonte Institucional.
5.      Deber de adecuar su comportamiento, dentro y fuera de la Institución Educativa, a las más elementales normas de educación aprendidas en sus hogares.
  1. Deber de cuidar y  velar por su buen nombre, el de su familia y el de la Institución  Educativa motivando el sentido de pertenencia.
  2. Deber de ser  puntuales  llegando todos los días  al inicio de la jornada escolar
  3. Deber de participar en todas las actividades académicas, deportivas, culturales, científicas y religiosas que programe la Institución Educativa, en los horarios establecidos, con el uniforme correspondiente, atendiendo a las normas disciplinarias contempladas en este Manual.
9.      Deber de presentar excusa médica o de calamidad familiar a más tardar al segundo día cuando falte a la Institución Educativa.
10.  Deber de entregar en sus hogares oportunamente la información, circulares, citaciones o notas de comunicación de la Institución a las Reuniones de Padres de Familia y demás actividades, devolviéndolas firmadas a su director de grupo, docente, coordinador o rector.
11.  Deber de informar oportunamente cuando ocurra cualquier hecho que afecte su ética y moral o la de la comunidad educativa.
12.  Deber de respetar a directivos, docentes, personal administrativo, operativo, compañeros y demás personas vinculadas con la Institución Educativa mencionados en este Pacto de Convivencia.
13.  Deber de respetar los valores y símbolos que identifican a la Institución Educativa, los símbolos religiosos, los símbolos patrios y demás iconos que caracterizan la identidad institucional.
14.  Deber de cuidar y conservar con esmero la presentación, aseo y pulcritud del salón de clase, de los lugares de despacho y en general, de las instalaciones y planta física de la Institución Educativa.
15.  Deber de responder por el orden y cuidado del mobiliario, computadoras, laboratorios, instrumentos musicales y otros objetos de uso común que tiene la institución, dejándolos limpios y ordenados. En caso de daño o perdida de algún material debe ser repuesto por el (los) estudiante (es) comprometido (s) o responsable (s).
16.  La sala de profesores es lugar de trabajo exclusivo para docentes, por lo tanto los estudiantes deben abstenerse de ingresar a ella e interrumpir reuniones, llamar o estar solicitando profesores por encima de los demás. Solo hacerlo con previa autorización.
17.  Las oficinas administrativas como rectoría, secretaria y coordinación son lugares privados a los cuales se accede con autorización de los encargados.
18.  Deber de no hacer uso de la tienda escolar y del restaurante fuera de sus horarios establecidos. 
19.  Deber de mantener el orden, la postura y el comportamiento en actos colectivos, biblioteca, restaurante, juegos deportivos, salas de sistemas, laboratorio, etc., de acuerdo con las normas para cada caso.
  1. Deber de utilizar adecuada y oportunamente los recipientes para depositar  las basuras contribuyendo con la conservación del medio ambiente.
  2. Deber de colaborar y participar en campañas de beneficio colectivo y servicio social que programa la institución.
22.  Deber de respetar los documentos de control permanente que deben diligenciar los docentes en sus clases, su asignación a un Estudiante para llevarlos implica  responder por ellos en cualquier instalación de la Institución Educativa.
23.  Deber de llevar a clases los materiales de trabajo necesarios para el normal desarrollo de las actividades académicas, culturales y deportivas.
24.  Deber de proteger los arboles, plantas, zonas verdes y darles un buen uso a los servicios sanitarios. 
25.  Deber de compartir los elementos propios y comunes, respetando los bienes ajenos y colectivos.
26.  Deber de cuidar sus pertenencias y las de sus compañeros para evitar pérdidas o malos entendidos  durante su asistencia en la jornada.
27.  Deber de portar en su maletín todos los implementos necesarios para sus        actividades académicas y de aseo personal.
28.  Deber de portar siempre el uniforme completo y bien llevado, según el horario, limpio, en buen estado, sin accesorios y sin modas. El uniforme es el oficial: camisa por dentro, pantalón con correa, zapatos lustrados. Para niñas la altura de la falda es al inicio de la rodilla. Para educación física, sudadera gris y camiseta oficial. La camisa y la blusa deben llevar el bolsillo con el escudo de la Institución.
29.  Deber de usar y respetar el uniforme porque lo identifica ante la comunidad como un estudiante y debe llevarlo siempre de acuerdo con las indicaciones de la Institución Educativa y portarlo con orgullo y decoro.
30.  Deber de portar el carnet estudiantil y presentarlo cuando le sea requerido.
31.  Deber de al ser retirado de clases o talleres por alguna falta justificada, debe presentarse a coordinación.
32.  Deber de atender con prontitud los diferentes toques del timbre o campana que indiquen iniciación o suspensión de algunas de las actividades.
33.  Deber de avisar por medio del representante del grupo a la coordinación la ausencia del profesor cuando hayan transcurrido cinco minutos después del timbre o campana.
34.  Deber de conservar un excelente hábito de higiene, aseo y presentación personal como lo exige la Institución Educativa.
35.  Deber de representar dignamente, con orgullo y sentido de pertenencia a los compañeros en el consejo estudiantil y a la Institución Educativa cuando le sea encomendado en actos cívicos, deportivos y culturales o cuando sea invitado a cualquier evento. Acatando las normas e instrucciones dadas por el profesor, entrenador o monitor. Evitar comportamientos extravagantes e insinuantes dentro y fuera de la institución.
36.  Deber de evitar, tanto a los alumnos como padres de familia, el enfrentamiento con el encargado de la portería, máxime si esta en cumplimiento de sus funciones.
37.  Dar a conocer al personero propuestas, sugerencias y necesidades para que, como vocero, las difunda y ayude a resolver. 
38.  Deber de participar democráticamente y con responsabilidad en las elecciones estudiantiles para el gobierno escolar: personero estudiantil.
39.  Deber de solicitar autorización para retirarse de La Institución Educativa, con motivos previamente justificados a la coordinación y en compañía de su acudiente.
40.  Debe solicitar permiso para salir de la Institución en horas de clase, mediante nota escrita, autorizada por los padres o acudientes deben presentarse a portería a recibirlos. En caso de enfermedad dentro de la institución se llamara telefónicamente a casa para ser recogido por padres o acudientes y remitido según el caso al servicio de salud.  
  1. Deber de permanecer en las aulas de clases durante la jornada escolar y no abandonar la Institución Educativa en horas de clases sin que exista una justificación externa que lo amerite.
  2. Retirarse del plantel al terminar la jornada y dirigirse a casa. No ponerse citas o convocarse fuera para hacer pandillaje y arreglar conflictos personales.   
  3. Deber de cumplir con tareas, talleres, trabajos, proyectos y evaluaciones asignados por los profesores en los tiempos estipulados y acordados en clase.
  4. Deber de demostrar permanentemente esfuerzo de superación académica y disciplinaria, en todos los aspectos de su formación. 
  5. Solicitar en forma respetuosa talleres o trabajos de recuperación o por otros motivos y aprovechar la ayuda que los profesores y compañeros le brinden. Realizarlos en los tiempos acordados. 
  6. Deber de resolver conflictos o dificultades por medio del dialogo y la concertación, evitando el engaño, la intimidación y el chantaje.
  7. Deber de cumplir con el servicio social obligatorio de los estudiantes de educación media con las 80 horas que exige la ley 115 de 1994 en su Artículo 97.
48.  Deber de no portar en la Institución objetos no solicitados para el trabajo      académico, tales como alhajas, gorros, pulseras, collares, radios, juegos de azar, revistas pornográficas, etc. 
49.  En caso de llevar celular al colegio debe mantenerse apagado, en horas de clase y durante todas las actividades  pedagógicas. La institución no se responsabiliza por la perdida y daño de algún celular, como tampoco de los elementos  que no sean material de trabajo.  
50.  La Institución Educativa El Diamante es un espacio para la convivencia, por lo que no se deben traer armas, navajas, cuchillos, puñales, patecabras, hojas de segueta, manoplas, cadenas o guayas.
  1.  Evitar el uso de apodos, burlas gestos, rechiflas, mofas, discriminaciones por defectos físicos u otras condiciones étnicas o sociales.

  1.  Deber de presentarse a la institución en compañía de su acudiente legal (quien      haya firmado la matricula como responsable del estudiante) cuando este fuere requerido por algún miembro de la institución mediante comunicación escrita.
Parágrafo: la asistencia del acudiente al colegio, el día y hora que se le hace el      llamado, es condición necesaria para que el estudiante pueda presentarse a la  Institución. En caso de que no pueda asistir deberá enviar la excusa válida por escrito, en la cual queda clara la fecha y hora en que debe cumplir con la citación, siempre y cuando no pase de (3) días hábiles; de acuerdo con la gravedad de la falta cometida al estudiante podrá asistir al Colegio.

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