sábado, 22 de enero de 2011

CAPÍTULO II. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA


Art. 80   Son deberes de los padres de familia o acudientes con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, los que contempla la constitución política, el decreto 1286, el decreto 1290 y los siguientes deberes establecidos en este manual de convivencia:
1.     Deber de participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.
2.     Deber de nombrar en Asamblea General a sus representantes para el Consejo de Padres.
3.     Deber de responder con prontitud y responsabilidad a las convocatorias que realicen las directivas del plantel, los docentes, el Consejo de padres de familia. Justificarse por escrito o verbalmente en caso de ausencia. 
4.     Deber de presentarse a la Institución el día y la hora que sea citado de manera extraordinaria, para hacerle conocedor de alguna(s) falta(s) cometida(s) por su hijo o acudido y llegar a los acuerdos necesarios para mejorar la situación presentada, teniendo como base este Manual de Convivencia.
Parágrafo: su no asistencia al Colegio acarreará que el estudiante no pueda ingresar a la institución.
5.    Deber de cumplir las funciones y reglamento de los órganos del gobierno escolar al ser elegidos como representantes.
6.     Deber de realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
7.     Deber de analizar los informes periódicos de evaluación
8.     Deber de matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.
9.     Deber de contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
10.   Deber de cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso  educativo.
11.   Deber de firmar la papelería de matrícula y dar los datos necesarios para su ubicación.
12.   Deber de contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.
13.   Deber de comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
14.   Deber de apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
15.   Deber de acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
16.   Deber de participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo para la formulación del plan de mejoramiento institucional.
17.   Deber de asistir a las reuniones de padres de familia, convivencias, entrevistas   personales, citaciones urgentes, cuando estas sean requeridas por la Institución Educativa articulo 38 numeral 8 de la ley 1098 de 2006.
18.   Deber de asistir a los talleres planteados por la escuela de padres comprometiéndose con los requerimientos que este trabajo les plantea. 
19.   Deber de cumplir y hacer cumplir, a sus hijos todo lo dispuesto en el presente PACTO DE CONVIVENCIA como parte de su formación y respeto a la institucionalidad.
20.   Deber de informar a la Institución Educativa en forma inmediata, los motivos que ocasionan las ausencias de sus hijos, los cambios de domicilio y teléfono, cualquier hecho que afecte su comportamiento social en su casa etc.
21.   Deber de ser objetivo y justo al hacer reclamos.
22.   Deber de justificar por escrito o personalmente la ausencia o retiros de los estudiantes de la Institución, ya sea por enfermedad, calamidad u otras circunstancias.
23.   Deber de responder por cualquier daño que cause su hijo voluntaria o involuntariamente a las personas, compañeros, docentes, a las instalaciones del plantel, implementos, muebles y demás enseres de la Institución Educativa.
24.   Deber de cumplir con puntualidad con todas las obligaciones económicas y compromisos adquiridos y pactados con la Institución Educativa desde el día de la matricula hasta su clausura.
25.   Deber de dar un trato comedido y adecuado a directivos, docentes y empleados de la Institución Educativa cuando se refiera a ellos y asistir a la Institución bien presentado, teniendo como principio que los hijos aprendan de lo que viven.
26.   Deber de asumir con responsabilidad la formación correcta de sus hijos como primeros educadores en casa y como lo exige la ley 1098 de 2006 bajo los parámetros de la ética y la buena moral.
27.   Deber de dotar a sus hijos del material didáctico, instrumentos pedagógicos y demás elementos necesarios para que asistan a sus clases sin dificultades y velar porque siempre los tengan disponibles y los cuide. No es función de algún otro miembro de la comunidad estar pendiente de ello.
28.   Deber de informar en la Institución Educativa a las personas indicadas como  coordinadores, director de grupo o docente,  sobre los problemas familiares que afectan a sus hijos, con el propósito de recibir ayuda oportuna y adecuada en la solución del problema.
29.   Deber de facilitar y proveer las condiciones necesarias en la solución de problemas individuales y colectivos, con acciones correctivas tendientes al mejoramiento de la formación integral de su hijo.
30.   Deber de velar por la buena presentación personal de sus hijos exigiéndoles el uso correcto del uniforme de acuerdo a las disposiciones del manual de convivencia.
31.   Deber de respaldar las normas de convivencia social que la Institución Educativa propone en este Pacto de Convivencia ante sus hijos cuando sea necesario siempre y cuando se proceda de manera justa.
32.   Deber de proporcionar en el hogar un ambiente adecuado y favorable, de apoyo a sus hijos y de educación con el ejemplo acorde con la propuesta educativa institucional, para que así puedan relacionarse bien con las demás personas. Brindarles apoyo personal y profesional en caso de necesitarlo. 
33.   Deber de fomentar en el hogar a sus hijos el respeto por los demás, por los superiores, por la institucionalidad y por el ser supremo, dándoles buen ejemplo.
34.   Deber de hacerse cargo del comportamiento de sus hijos cuando estén fuera de la Institución Educativa o cuando haya terminado la jornada escolar y en periodos vacacionales.
35.   Deber de respetar el conducto regular propuesto en este manual de convivencia y hacer uso de él, para la resolución pacífica de conflictos y la buena convivencia social de la comunidad educativa.
36.   Ningún padre o acudiente puede entrar a los salones a resolver problemas con estudiantes irrespetando los procedimientos establecidos.
37.   Deber de estar al tanto de la asistencia diaria y puntualidad e sus acudidos, como también de sus tareas y comportamientos en la Institución Educativa.
38.   Deber de abstenerse de participar en comentarios que afecten la imagen de la Institución en la comunidad. En caso de inquietudes o inconformidades expresarlas directamente  las personas involucradas o al a administración, con el debido respecto.
39.   Deber de respetar los horarios que el colegio le propone para su atención y así no afectar el trabajo académico y pedagógico y ser bien atendido.
40.   Deber de informar de manera oportuna cuando su hijo sufre de algún trastorno de salud como la incontinencia urinaria, la toma de algún medicamento, la imposibilidad de hacer ejercicios físicos, etc., para que se pueda tomar las medidas pertinentes.
41.   Deber de presentarse a la institución cuando sea requerido o solicite atención vestido de manera adecuada y decorosa.

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