sábado, 22 de enero de 2011

CAPÍTULO IV.LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES


Art. 109 Las comisiones de promoción y evaluación del Consejo Académico podrán determinar la promoción anticipada en cualquiera de los grados, para lo cual se basaran en    lo dispuesto en el  de nuestro Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes.
Art. 110 Las comisiones de promoción y evaluación en nuestra institución educativa estarán conformadas para cada grado que esta ofrece y serán representadas por:
1.    El rector o su delegado.
2.    Los docentes del grado a que representan.
3.    Un padre de familia del grado que representan.

Art. 111 La Institución Educativa durante las primeras semanas del año lectivo después de conformar el nuevo gobierno escolar, hará la conformación de las respectivas comisiones de evaluación y promoción a través del consejo académico. 
Art. 112 Para efectos del debido proceso académico de que trata el manual o pacto de convivencia las comisiones de evaluación y promoción se reunirán al finalizar cada uno de los periodos escolares para analizar todos los casos y firmar los respectivos compromisos, teniendo en cuenta los siguientes procedimientos:
1.    Analizados todos los casos se harán firmar del estudiante, el padre de familia y el docente titular del grupo, los compromisos pactados para la aplicación de las estrategias pedagógicas de apoyo al estudiante, recomendadas en los planes de estudio.
2.    Cada una de las comisiones de evaluación y promoción tendrá un informe detallado de los casos que durante los cuatro periodos fueron atendidos y de los cuales reposan las respectivas actas para verificar el avance de cada caso.
3.    Al finalizar el periodo el coordinador entregara a las comisiones el informe de seguimiento para que estas se reúnan a analizar el siguiente periodo.
 4. Al finalizar el año lectivo las comisiones evaluación y promoción presentaran al consejo académico y directivo un informe con el debido proceso realizado para sustentar los casos de reprobación a los padres de familia.



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